Es frecuente leer en grupos de redes sociales de La Aurora los reclamos al directorio de turno. Que debería cursar multas, o castigos, de la “responsabilidad” del directorio, y un largo etc.
El debate, en parte, es alimentado por el desconocimiento de los Estatutos que rigen a la Asociación y que regulan su funcionamiento bajo la ley Nº 19.418 y Nº20.500, y del origen de la misma.
La Asociación de propietarios nació con la finalidad de reunir a los propietarios para exigir a la Inmobiliaria Curacaví ( los que desarrollaron el parque) el cumplimiento de manutención de caminos y redes de agua y energía.
Prontamente, tras negociaciones, la Asoc. se hace cargo de la administración y junto con ello de la infraestructura y manutención de todo el parque. Así, hoy en día se administra un patrimonio que incluye más de 100 km de caminos, más de 500 empalmes eléctrico y un equipo humano de 30 personas. Ciertamente que la gestión de administración de todo esto es un desafío mayor donde los problemas comunitarios tantas veces no se les asigna una importancia mayor, hay que considerar que la carga de trabajo y responsabilidad que depositamos en la directiva no es menor, y muchas veces suponer que ellos mismos se ocuparán de asuntos de convivencia entre vecinos resulta, al menos discutible.
La ausencia de un reglamento de copropiedad dificulta enormemente la resolución de una gran cantidad de problemas de convivencia. En este escenario instancias como Carabineros, Juzgado de garantía, Juzgado de Policía Local e incluso el municipio pueden ser instrumentos más competentes a donde recurrir.
La necesidad de un reglamento interno es compartida por muchos vecinos, pero es preciso notar que la efectividad de ello va a estar dada por que sea firmado por la totalidad de los socios. Solo así podremos comenzar pedir a nuestras directivas que “tome cartas” en asuntos de convivencia, cuando la dotemos de atribuciones –consentidas por todos– para actuar en problemas comunitarios.